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Argumentos Oposición a Proyecto de Ley que crea el registro nacional de actos vandálicos e incivilidades

Una perspectiva desde los derechos humanos de las personas, familias y comunidades que viven en campamentos

Desde la Red de Derechos Humanos y Desalojos, estamos llamando la atención respecto a las consecuencias del proyecto de ley N° Boletín: 18341-25 que crea el registro nacional de actos vandálicos e incivilidades:

  • El proyecto de ley, boletín N° 18.341-25, que crea el registro nacional de actos vandálicos e incivilidades considera la incorporación en este a aquellas personas condenadas por el delito de usurpación en bienes fiscales  [bienes nacionales de uso público o aquellos destinados al desarrollo de actividades de educación parvularia, básica, media o superior]. Así, personas que viven en campamentos en el contexto de una crisis habitacional en que no tienen otra alternativa y sean condenadas por este delito perderán beneficios sociales como acceder a los procesos de postulación e ingreso a programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o la suspensión de la aplicación del subsidio de arriendo o el goce de la pensión garantizada universal.
  • En razón del lugar de origen o residencia de una familia, en este caso, un asentamiento precario ubicado en terrenos fiscales, condenados por el delito de usurpación, se verán afectados en el ejercicio de derechos sociales, tales como a la vivienda, salud, educación, o seguridad social, y el acceso a beneficios sociales. El proyecto discrimina a personas por su condición social.  
  • Si bien proteger el orden público es un bien legítimo y deseable, no todo le está permitido al Estado para ello. Privar de derechos sociales como la educación, salud, seguridad social y vivienda a las personas que viven en asentamientos precarios, no es, ni una medida “necesaria”, ni “la menos gravosa posible” para resguardar el orden público, ni tampoco existe proporcionalidad alguna entre la magnitud la afectación a esos bienes con el bien jurídico que se pretende proteger. El proyecto no guarda proporción entre fines y medios.
  • En vez de ofrecer procedimientos alternativos para solucionar ilegalidades vinculadas a la falta de hogar, y que den cuenta de la complejidad de las realidades existentes en un campamento, el proyecto utiliza el poder sancionador del Estado con gran intensidad en contra de personas por conductas relacionadas con el ejercicio del derecho a la vivienda. El proyecto profundiza la criminalización de personas sin vivienda
  • Familias que tienen una trayectoria de vulneración de derechos; grupos especialmente expuestos a vulneraciones, como niños niñas y adolescentes, mujeres, personas migrantes en situación irregular, personas con discapacidad, personas mayores; y personas que hoy dependen en gran medida de beneficios estatales, perderán el acceso a ellos. El proyecto profundiza las desigualdades socio-económicas. 
  • El proyecto de ley, en fin, contraviene los estándares de derechos humanos en relación con la protección y garantía de los derechos sociales, económicos y culturales, en particular del derecho a una vivienda adecuada y a la no discriminación, así como el deber constitucional del Estado de dar protección a las familias y propender a la mayor realización física y espiritual  de todo integrante de la comunidad nacional, y los deberes legales de protección de grupos de especial protección como  los niños y adolescentes, personas mayores, y personas con discapacidad. Llamamos a rechazar el proyecto y adoptar, en cambio, un enfoque de derechos humanos para asegurar el orden público.